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¿Qué hacer cuando ocurre un accidente de trabajo?

En Colombia, esta definido el accidente de trabajo como “Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión al trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte” (Ley 1562 de 2012 – Articulo 3) Los accidentes de trabajo, como bien lo dice su definición, pueden ocurrir en cualquier momento y lugar, por esto, es importante tomar acciones preventivas en materia de seguridad y salud en el trabajo que minimicen las probabilidades de ocurrencia de estos eventos, sin embargo, en caso de que suceda un accidente de trabajo, te vamos a contar la información más relevante que debes tener en cuenta.

Los accidentes de trabajo pueden suceder en presencia o en ausencia del encargado de seguridad y salud en el trabajo, por tanto, es fundamental que todos en la empresa sepamos reaccionar cuando se presentan este tipo de situaciones. A continuación, hablaremos de algunos puntos a tener en cuenta: Evaluar la situación: La ocurrencia de un […]

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Manual De Rehabilitación y Reintegro Laboral Resolución 3050 del 2022 ETAPA lllB

Ministerio De Trabajo, ARL, IPS, EPS, ATEL Accidente De Trabajo Enfermedad Laboral.

El concepto de rehabilitación que deben expedir las Administradoras de Riesgos Laborales, antes de cumplirse el día ciento veinte (120) días de la incapacidad derivada del accidente de trabajo o la enfermedad, conforme a lo determinado en el artículo 41 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 142 del Decreto Ley 019 de 2012 o la norma que modifique, adicione o sustituya, deberá contener, como mínimo:
Información general del paciente, diagnósticos finales y sus fechas, diagnóstico, descripción de las secuelas anatómicas y/o funcionales, con el respectivo pronóstico (bueno, regular o malo), resumen de la historia clínica, estado actual del trabajador, terapéutica posible, posibilidad de recuperación, pronóstico del paciente a corto plazo (menor de un año) y a mediano plazo (mayor de un año), tratamientos concluidos, estudios complementarios, procedimientos y rehabilitación realizada, indicando fechas de tratamiento y complicaciones presentadas, nombre, número del registro profesional, tipo y número del documento de identidad y firma del médico que lo expide.

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Manual De Rehabilitación y Reintegro Laboral Resolución 3050 del 2022 ETAPA IIB

Manual reintegro y rehabilitación laboral, medicina laboral ARL, Medicina Laboral, reubicación, reintegro, Perdida De La Capacidad Laboral.

Las acciones de diagnósticos, atención, seguimiento, rehabilitación y evaluaciones de capacidad funcional tienen que ser realizadas y administradas por profesionales con las competencias técnicas y científicas entrenados para esta labor y acorde a las competencias profesionales de los mismos.

Manual De Rehabilitación y Reintegro Laboral Resolución 3050 del 2022 ETAPA IIB Leer más »

Manual De Rehabilitación y Reintegro Laboral Resolución 3050 del 2022 ETAPA IIA

Ministerio De Trabajo, ARL, IPS, EPS, ATEL Accidente De Trabajo Enfermedad Laboral.

Las acciones de diagnósticos, atención, seguimiento, rehabilitación y evaluaciones de capacidad funcional tienen que ser realizadas y administradas por profesionales con las competencias técnicas y científicas entrenados para esta labor y acorde a las competencias profesionales de los mismos.

Manual De Rehabilitación y Reintegro Laboral Resolución 3050 del 2022 ETAPA IIA Leer más »

Manual De Rehabilitación y Reintegro Laboral Resolución 3050 del 2022

Manual reintegro y rehabilitación laboral, medicina laboral ARL, Medicina Laboral, reubicación, reintegro, Perdida De La Capacidad Laboral.

El concepto de rehabilitación que deben expedir las Administradoras de Riesgos Laborales, antes de cumplirse el día ciento veinte (120) días de la incapacidad derivada del accidente de trabajo o la enfermedad, conforme a lo determinado en el artículo 41 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 142 del Decreto Ley 019 de 2012 o la norma que modifique, adicione o sustituya, deberá contener, como mínimo:
Información general del paciente, diagnósticos finales y sus fechas, diagnóstico, descripción de las secuelas anatómicas y/o funcionales, con el respectivo pronóstico (bueno, regular o malo), resumen de la historia clínica, estado actual del trabajador, terapéutica posible, posibilidad de recuperación, pronóstico del paciente a corto plazo (menor de un año) y a mediano plazo (mayor de un año), tratamientos concluidos, estudios complementarios, procedimientos y rehabilitación realizada, indicando fechas de tratamiento y complicaciones presentadas, nombre, número del registro profesional, tipo y número del documento de identidad y firma del médico que lo expide.

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