Manual De Rehabilitación y Reintegro Laboral Resolución 3050 del 2022 ETAPA IIB

Manual reintegro y rehabilitación laboral, medicina laboral ARL, Medicina Laboral, reubicación, reintegro, Perdida De La Capacidad Laboral.

ETAPA II B Formulación del Plan de Rehabilitación Integral para la Reincorporación Laboral y Ocupacional

Con el fin de lograr la rehabilitación, es necesario establecer un plan organizado que indique los objetivos, metas, estrategias, actividades, tiempos de cumplimiento y los responsables, de acuerdo con el diagnóstico y el pronóstico de cada caso.

El plan de rehabilitación es un proceso dinámico, las condiciones del trabajador, del ambiente laboral y social son cambiantes, por tanto, el plan debe ajustarse a estos cambios.

Las metas de los planes de rehabilitación son: reintegro laboral sin modificaciones, reintegro laboral con modificaciones, reubicación laboral temporal, reubicación laboral definitiva o reconversión de mano de obra.

NOMBREPLAN DE REHABILITACIÓN INTEGRAL PARA LA REINCORPORACIÓN LABORAL Y OCUPACIONAL
ObjetivoDefinir las actividades necesarias para la rehabilitación funcional y profesional, las metas de reincorporación laboral, y las alternativas productivas para los casos que el trabajador no pueda ser reintegrado al puesto de trabajo.
ResponsablesTrabajador: debe participar en forma activa en la construcción del plan, aportando ideas, concertando propuestas con el equipo, y formalizando compromisos frente al plan de rehabilitación propuesto. Los miembros del equipo interdisciplinario: con el trabajador y en caso necesario incluyendo la familia construirán y concertarán el plan de rehabilitación que dará respuesta a las necesidades de integración social y ocupacional del trabajador. El empleador: es el responsable de la selección y propuesta de los posibles puestos de trabajo para facilitar el reintegro laboral y en el caso de procesos de reconversión, participar activamente en estos. La ARL: asesora al empleador para la reincorporación laboral del trabajador, orientándolo en la selección de los posibles puestos de trabajo; en caso de no ser posible el reintegro laboral, plantea otras alternativas ocupacionales.
Elementos de entradaValoraciones o conceptos individuales del equipo interdisciplinario y sus metas
Instrumentos y gestión de la informaciónFormato del pronóstico de la intervención del programa
ProcedimientoPosterior al análisis se debe definir el pronóstico funcional-ocupacional-laboral del trabajador y las intervenciones necesarias para equilibrar las exigencias del puesto de trabajo con las capacidades del trabajador. Por tanto, se incluyen todas las variables mencionadas en los procedimientos de la definición del pronóstico funcional y ocupacional y se enfatizan los aspectos determinantes del desempeño laboral en cada caso en particular. A partir de estos análisis se establecen los objetivos y estrategias a seguir en el plan de rehabilitación, con un pronóstico real que permita orientar a la persona hacia su futuro ocupacional. Se deben llevar los registros necesarios en la historia clínica y se generará un formato de información del pronóstico de la intervención en el programa, orientado para el asegurador y el empresario especificando: Tiempo de rehabilitación Esquema de seguimiento propuesto para que se den los trámites de reemplazo y licencias pertinentes. De la misma forma se especificará si es candidato a reintegro temprano para comenzar los ajustes y adquisición de aditamentos necesarios. El procedimiento debe ser dinámico, pues las condiciones del trabajador, del ambiente laboral y social son cambiantes, por tanto, el plan debe ajustarse a estos cambios. La presente resolución establece el procedimiento de rehabilitación, siendo procedente la capacitación, asesoría y asistencia técnica virtual y de realidad virtual. Las metas de los planes de rehabilitación son: Reintegro laboral sin modificaciones. Cuando las condiciones individuales corresponden al perfil de exigencias del puesto de trabajo y las condiciones de trabajo no representen riesgo para el trabajador, éste podrá ser reintegrado a su mismo puesto de trabajo. Reintegro laboral con modificaciones. Cuando el trabajador para su desempeño en el mismo puesto de trabajo requiere modificaciones tales como: reasignaciones de tareas, límites de tiempos, asignación de turnos u horarios específicos entre otros. En los casos en los que se necesitan modificaciones de diseño o procesos previos al reintegro, se precisa la evaluación del puesto de trabajo y la ejecución de las adaptaciones del ambiente de trabajo. Reubicación laboral temporal. Cuando el trabajador no cuenta con incapacidad médica y aún está en tratamiento o precisa tiempo para su recuperación funcional, debe ser reubicado de manera temporal en un puesto de menor complejidad o exigencia, mientras se restablece la capacidad individual y las condiciones de trabajo no representen riesgo para el trabajador. Reubicación laboral definitiva. En aquellos casos en los que la capacidad residual del trabajador no corresponde a las exigencias del trabajo que venía desempeñando, debe considerarse la opción de reubicar al trabajador en otro puesto de NOMBRE PLAN DE REHABILITACIÓN INTEGRAL PARA LA REINCORPORACIÓN LABORAL Y OCUPACIONAL trabajo, previa identificación y evaluación respectiva Reconversión de mano de obra. Ésta se dará en aquellos casos en los que la capacidad funcional del trabajador no le permite volver a ejercer la profesión u oficio para el cual estaba capacitado, requiriendo un nuevo aprendizaje que le permita reincorporarse al medio laboral idealmente en la misma empresa. Los aspectos que se deben tener en cuenta en este proceso son: La historia ocupacional de la persona y la valoración de perfil ocupacional, para orientar el proceso de capacitación o formación para el trabajo, donde se podrá realizar de manera virtual en especial la realidad virtual. La reconversión de mano de obra en el mismo nivel de calificación ocupacional en que se encontraba la persona antes de la contingencia (no calificado, semicualificado, calificado y altamente calificado). Todo proceso de formación para una reconversión debe ser certificado por una institución reconocida. El proceso de reconversión no debe superar los seis meses de formación. Orientación al desarrollo de una actividad laboral diferente al empleo (microempresa, empresa, teletrabajo, entre otras), cuando las exigencias de los diversos puestos de la empresa en que laboraba la persona están por encima de sus capacidades individuales y las condiciones de trabajo representan riesgo para la salud del trabajador. Orientación al desarrollo de una actividad no laboral de mantenimiento funcional y calidad de vida en los casos en que el usuario a raíz de su situación de discapacidad no posee las capacidades suficientes para integrarse al mundo laboral. Es necesaria la decisión concertada del equipo participante en la definición del pronóstico funcional y ocupacional. El plan orientará la evaluación médica en sus diferentes momentos, muestra el estado de la persona al ingreso al programa de rehabilitación, el progreso esperado durante todo el programa y el estado que presenta al ser dado de alta. Igualmente, permite los criterios de cumplimiento de los objetivos y las metas trazadas al inicio, teniendo en cuenta que el tratamiento es susceptible de cambios a corto, mediano y largo plazo. El empleador es el responsable de la selección y propuesta de los posibles puestos de trabajo para facilitar el reintegro laboral. En caso de procesos de reconversión participar activamente en estos. La A.R.L. asesora al empleador para la reincorporación laboral del trabajador, orientándolo en la selección de los posibles puestos de trabajo. En caso de no ser posible el reintegro laboral, plantea otras alternativas ocupacionales. Se informa al trabajador, su familia, y la empresa los siguientes aspectos Objetivos y alcances del plan rehabilitación Deberes y derechos de los RESPONSABLES La información se puede dar desde la etapa de evaluación. Los procesos de reconversión laboral deberán ser liderados por el empleador y ejecutados de manera articulada con la Administradora de Riesgos Laborales, el SENA, para lo cual el empleador deberá contactar a las instituciones mediante los canales de comunicación establecidos para tal fin. El plan debe ser aprobado por la Administradora de Riesgos Laborales, el equipo interdisciplinario propondrá las modificaciones que diera lugar atendiendo las necesidades de la empresa y el trabajador. El trabajador participa y se compromete como miembro activo del todo el proceso del plan de rehabilitación Integral para la reincorporación laboral y ocupacional. El plan guardará los principios de continuidad, oportunidad, integralidad y calidad necesarios para garantizar las metas propuestas
Estamentos /
instancias de decisión
Equipo interdisciplinario
Aprobación por la Administradora de Riesgos Laboral y la empresa
SalidasPlan de rehabilitación y reincorporación ocupacional y laboral

ETAPA III. Desarrollo del Plan de Rehabilitación

Una vez realizada la evaluación y definición del plan de rehabilitación funcional y laboral, se inician las intervenciones técnicas y científicas que permitan la reincorporación ocupacional del trabajador acorde con sus capacidades funcionales residuales.

ETAPA III A Rehabilitación Funcional

Corresponde a las acciones que buscan recuperar la máxima función o compensar las habilidades perdidas basándose en los principios de la biomecánica, fisiología, antropometría aplicada, neuropsicología, etc., partiendo del diagnóstico de requerimientos individuales, laborales y/o ocupacionales del trabajador y la autonomía médica.

NOMBREREHABILITACIÓN FUNCIONAL
ObjetivoRecuperar la máxima función, compensar las habilidades pérdidas y potencializar las capacidades remanentes necesarias para un desempeño funcional; basándose en los principios de la biomecánica, fisiología, antropometría aplicada, neuropsicología, etc., partiendo del diagnóstico de requerimientos individuales, laborales u ocupacionales del trabajador
ResponsablesEl trabajador y Familia: la participación en los programas terapéuticos necesarios para lograr su recuperación funcional El empleador: permitirá y facilitará al trabajador su participación en los programas necesarios para lograr su recuperación funcional IPS: realizará las actividades de rehabilitación funcional, con la orientación y coordinación del equipo de rehabilitación de la ARL y el médico tratante. A.R.L: lidera y coordina el proceso de rehabilitación funcional de los casos que estén siendo atendidos en las IPS propias o contratadas, con el fin de garantizar la oportunidad y calidad de la Rehabilitación funcional
Elementos de entradaPlan de rehabilitación y reincorporación ocupacional y laboral
Instrumentos y Gestión
de la Información
Instrumentos y Gestión de la Información
ActividadesLa rehabilitación funcional se centrará en: 1. Programa terapéutico específico (terapia física, ocupacional, del lenguaje, psicología, trabajo social, tiflología, psicopedagogía, enfermería), que define las metas y estrategias a partir de la evaluación, el diagnóstico y el pronóstico funcional y ocupacional. 2. Servicios médicos especializados requeridos de acuerdo con las necesidades del caso, que permitan optimizar el desempeño funcional de la persona. 3. Prescripción y adaptación de prótesis, órtesis, audífonos, implantes cocleares, férulas y cualquier otro producto de apoyo necesario para facilitar el desempeño funcional, ocupacional y social. Estas intervenciones se harán con el seguimiento del equipo interdisciplinario y según su evolución que se dé el ajuste al plan y la definición de la finalización del caso. Los servicios prestados deben guardar los principios de oportunidad, integralidad, continuidad y calidad definidos desde un comienzo
Estamentos / instancias de decisiónEl equipo interdisciplinario
Sistema de monitoreo de la Administradora de Riesgos Laborales
SalidasEvolución e informe del cumplimiento de metas propuesto Diligenciamiento del formato que establezca la ARL para tal fin
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